Soberanía     Democracia

       

                         Los pilares del Estado  

 

 

EL ANTAGONISMO ENTRE LA SOBERANÍA Y EL PODER EN LA ROMA ANTIGUA

 

CONTENIDO 

2.1 – La estructura del poder en Roma y sus posibles similitudes con la soberanía

2.2 – Teoría de Polibio sobre las formas de gobierno en Roma.

2.3 – Teoría de Cicerón sobre las conmutaciones de las "repúblicas"

2.4 – El gobierno mixto en las teorías de Polibio

2.5 – El gobierno mixto como equilibrio de poderes

 

2.1 – La estructura del poder en Roma y sus posibles similitudes con la soberanía

   Fijaremos de nuevo nuestra atención en los comentarios de Jellinek sobre los "Tipos históricos fundamentales de Estados", donde manifiesta que todo lo que dice del Estado griego, vale, en principio, respecto del romano, que se forma partiendo de una ciudad–Estado y conserva las huellas de su origen hasta sus últimos tiempos. Viene a decir Jellinek que, al igual que los griegos, los romanos fueron extraños a la concepción del Estado soberano. Para éstos últimos, señala, su pragmático pensamiento les presentaba siempre la realidad como algo que les venía dado. Y no teniendo ese pensamiento el menor motivo para comparar el Estado romano con cualquier otro poder, próximo o superior a él, no tuvo tampoco el medio con el que poder encontrar la nota que lo caracterizase. Por otro lado, prosigue, "el reconocimiento y la afirmación de la soberanía, sería contradecir la política romana, la cual gustosamente otorgaba al pueblo - qui maiestatem populi Romani comiter servant - la apariencia de un Estado independiente". Termina diciendo que expresiones como maiestas, potestas e imperium, vienen a mostrar la potencia y fuerza del pueblo romano, el poder civil y militar de mando pero de ellas, no se desprende nada del contenido y limitación del Estado, ni de la independencia de Roma respecto a los poderes extranjeros (1).

Así pues, para el caso de Roma, y aceptando el planteamiento inicial de Jellinek, no indagaremos en los orígenes de su formación - como sí hicimos en Grecia - en nuestro propósito de averiguar si, en su gestación como "Ciudad-Estado", se pudieron dar los condicionantes y circunstancias que se produjeron en los inicios del llamado Estado moderno. Recordemos, la oposición del poder del Estado a otros poderes (2), con la culminación, como ya decíamos, del alumbramiento de la soberanía en Bodino.

En este caso, para tratar de averiguar si se dio - o pudo darse - en Roma, alguna forma o expresión con similitud o parentesco al moderno concepto de soberanía, lo que haremos será profundizar en esa otra vertiente de las manifestaciones de Jellinek (3), referidas al pensamiento y la política del pueblo romano, enfrentándolas, al mismo tiempo, a los comentarios que, sobre Polibio, difunde el propio Bodino al hablar de los atributos de la soberanía. En esos comentarios, referidos a la mezcla de poderes en el Estado romano, manifiesta éste: "Polibio parece haberse referido a las principales características de la soberanía, puesto que agrega que quien las posee, detenta la soberanía" (4).

Dice Jellinek que, al igual que el Estado griego, también el Estado romano es al mismo tiempo comunidad de cultura, pues el jus sacrorum forma parte del jus publicum. Además, el Estado, según la concepción de sus miembros, se identifica con la comunidad de ciudadanos, es decir, es civitas, lo que equivale a afirmar que es la comunidad de ciudadanos o res publica, la comunidad del pueblo.

Atendiendo a la dimensión externa de la soberanía de la que habla el profesor Mario de la Cueva – "independencia delante de los poderes humanos distintos del pueblo o de su rey" (5) -, Jellinek parece estar en lo cierto cuando comenta que la política romana otorgaba al pueblo la apariencia de un Estado independiente. Roma no concebía, así, ningún otro poder por encima del que ella misma se reconocía, que intentara pretenderla y, por tanto, no era previsible imaginar en el pensamiento romano, una oposición foránea que le enfrentara sus derechos.

Pero si atendemos a la dimensión interna que menciona igualmente el profesor Mario de la Cueva – "unidad del poder público que se ejerce sobre los hombres en el interior del reino" -, la cuestión no parecer estar tan clara y así parecen también apuntar las palabras de Bodino que preceden en su obra a la cita que mencionábamos de Polibio.

Dice Bodino que para poder reconocer quien es el príncipe soberano es necesario conocer los atributos que no comparte con sus súbditos, pues tratándose de atributos comunes, no podría hablarse de príncipe soberano. Pero, continua, "quienes mejor han escrito sobre el asunto no han esclarecido este punto como se merece". Cuenta que de los griegos que escribieron sobre este tema, ninguno lo llegó a esclarecer, excepto Aristóteles, Dionisio de Halicarnaso y Polibio, aunque dice de ellos que "lo han zanjado de modo tan apresurado que, a primera vista, puede concluirse que no estaban muy seguros de la cuestión".

 

2.2 – Teoría de Polibio sobre las formas de gobierno en Roma

   Ahondemos, entonces, en la exposición de Polibio y tratemos de averiguar hasta qué punto puede tener razón Bodino al suponerle una cierta inseguridad en sus razonamientos, planteándose si, con esas manifestaciones sobre el Estado romano, pudiera estar Polibio refiriéndose a las características de la soberanía.

Dice Norberto Bobbio que, junto con los textos de Platón y Aristóteles, la antigüedad clásica nos legó un tercer escrito fundamental para la teoría de las formas de gobierno (6). Se refiere al libro VI de las "Historias", escrito por Polibio, en el que éste realiza una escrupulosa exposición de la constitución romana. En él, continua, elabora un verdadero tratado de derecho público romano, describiendo detalladamente las diversas magistraturas y llega a exponer, explícitamente, la razón que le lleva describir la constitución de ese pueblo: "la mejor y más preciosa enseñanza de las que puede ofrecer esta empresa mía a los lectores de mi obra será la de saber por qué medios y con cual forma de gobierno lograron los romanos, después de someter en menos de cincuenta años a casi todo el mundo conocido, sujetarlo a su dominio" (7). Con estos comentarios, apostilla Bobbio, Polibio quiere demostrar la importancia que tuvo la excelencia de la constitución romana en el éxito de la política de un pueblo.

Sigue diciendo Bobbio que Polibio, antes de abordar el tema de la constitución romana, expone algunas consideraciones sobre las constituciones en general, siendo, a su juicio, una de las más completas teorías de las formas de gobierno que la historia nos transmitió. Polibio, explica, define hasta seis modos de gobierno, que dispone inmediatamente en orden cronológico, consiguiendo con ello desvelarnos lo que se ha dado en llamar, la teoría de los ciclos. En ella, precisa, se contempla una alternancia de constituciones buenas y malas (reino, tiranía, aristocracia, oligarquía, democracia y oclocracia) donde, la constitución buena que sigue, es menos buena que la buena anterior, y la mala siguiente, es más mala que la mala precedente. Esta alternancia, según la concepción polibiana de la historia, puntualiza Bobbio, es cíclica: al final del primer proceso el curso de las constituciones regresa al punto de partida. De cualquier manera, determina finalmente, habremos de considerar que la tesis principal de la teoría polibiana de las constituciones es, esencialmente, la relativa al gobierno mixto (8).

Para Bobbio, según él mismo manifiesta, no es difícil descubrir el nexo entre la idea del gobierno mixto y la teoría de los ciclos. Ésta, dice, revela que todas las formas simples, rectas o corruptas, son de breve duración por su rápida evolución a una forma diferente; defecto grave no deseado y que viene a certificar, de otro lado, el aprecio en la estabilidad de las constituciones pues, siendo su objetivo, poner orden en las magistraturas, o sea, establecer quién debe gobernar y quién debe de ser gobernado, y permitir un desenvolvimiento regular y ordenado de la vida civil, será tanto más difícil llevarlo a cabo cuanto más cambiante sea el sistema político de una ciudad.

El remedio que emplea Polibio para conseguir la estabilidad es, según Bobbio, el gobierno mixto:"una constitución que sea producto de un arreglo entre las tres formas clásicas y que consiste en que el rey es frenado por el pueblo que tiene una adecuada participación en el gobierno, y el pueblo a su vez lo es por el senado". Polibio fija así, en el mecanismo de control recíproco de los poderes, el fundamento de las bondades del gobierno mixto, o lo que es igual, en el principio del equilibrio.

Concluye Bobbio sus comentarios manifestando que la teoría de Polibio es una teoría de los mecanismos constitucionales, que permiten una forma de gobierno estable, y por ello preferible a cualquier otra pero cuestionándose, al mismo tiempo, una posible contradicción entre la afirmación categórica de que los ciclos de las constituciones son un hecho natural y, por tanto, impostergable, y la afirmación también categórica de que los gobiernos mixtos son estables. Resuelve Polibio esta cuestión - a los ojos de Bobbio -, calificándola más de aparente que de real, pues el que las constituciones mixtas sean estables, argumenta este último, no quiere decir que sean eternas, simplemente que duran más que las simples. Lo que distingue a las constituciones mixtas de las simples no es el hecho de que no estén sometidas a cambios, sino es un ritmo diferente y una razón diversa en el cambio. No hay duda, resuelve Bobbio, de que Polibio es consciente de que también el Estado romano, a pesar de su excelencia, está sujeto a la "ley natural" del nacimiento, crecimiento y muerte y que, por tanto, el mérito del gobierno mixto es su mayor estabilidad, no su perpetuidad.

Refuerza Bobbio sus ideas trayendo a colación - en un anexo a sus comentarios sobre Polibio - la excelencia del gobierno mixto y el elogio a la constitución romana que, un siglo después de que éste escribiera su obra, preconiza Cicerón en su República. A ella vamos a acudir de inmediato para  corroborarlas directamente (9).

 

 2.3 – Teoría de Cicerón sobre las conmutaciones de las "repúblicas"

   Aborda Cicerón este tema, interesando a Lelio con un deseo - planteado ante Scipión - a raíz de los comentarios sobre la época que siguió al gobierno de Roma por los reyes: "...deseo conocer esos cursos de las mutaciones, no más en la nuestra que en toda república". Acepta el reto Scipión y le contesta así a Lelio: "Cuando haya dicho lo que siento acerca de aquel género de república que más apruebo, se ha de hablar totalmente por mí con más cuidado de las conmutaciones de las repúblicas; aunque en modo alguno creo fácil que hayan de existir ellas en esa república".

   Cuenta Scipión que es, precisamente, en la república regia donde nace la primera y más cierta mutación. Cuando un rey empieza a ser injusto, muere al instante ese género y nace al instante el peor y más confinante al mejor: la tiranía. Si quien derroca luego al tirano son los optímates - lo que ordinariamente suele ocurrir - la república tiene, entonces, un Estado como el regio; un consejo paternal de príncipes que velan bien por el pueblo. Si es el pueblo quien mata o derroca al tirano, suele ser más moderado porque es consciente de lo que ha hecho y se congratula de su acción, queriendo asegurar por sí la constituida república. Si en alguna ocasión, el pueblo derroca con violencia a un rey justo, despojándole del reino, o lo hace derramando la sangre de los optímates  y avocando la república a su liviandad, la multitud se torna tan desenfrenada por su insolencia que resulta imposible de calmar, sucediendo aquello – dice Scipión – que en Platón está dicho lúcidamente: "... las insaciables fauces del pueblo se han secado por la sed de libertad, y, habiendo hecho uso él de malos ministros, ha disfrutado sediento de una libertad, no módicamente templada, sino demasiado pura, entonces persigue, acusa, reprende a los magistrados y principales, a no ser que sean muy lenes y remisos, y le suministran largamente la libertad; les llama prepotentes, reyes, tiranos".

Vuelve Scipión al principio de su discurso para persistir en la complacencia de Lelio y referirle que, al igual que del desmesurado poderío de los principales surge su propia ruina, es de la misma libertad de donde surge la servidumbre que ahoga al pueblo demasiado libre. "Así, todas las cosas excesivas, cuando ya en el tiempo, ya en los campos, ya en los cuerpos, han sido más favorables, se convierten por lo común en sus contrarias; y eso sobreviene más en las repúblicas, y aquella extrema libertad cae en una extrema servidumbre, tanto para los pueblos como para los particulares".

Continua Cicerón en su relato, adentrándose en estos detalles y significando las conmutaciones de los géneros en la república, de forma que, enterrando el precedente, hagan germinar y alumbrar a sus opuestos para, posteriormente, resumir que, "de este modo, toman entre sí el estado de la república, como una pelota, de los reyes, los tiranos, de éstos, ó los principales ó el pueblo, de los cuales, ó las facciones ó los tiranos; y nunca se tiene mucho tiempo el mismo modo de república".

Concluye haciendo un alegato del género regio – "de los tres principales géneros está delante con mucho, en mi sentir, el regio" – pero destacando, sobre éste, las ventajas de aquel que esté igualado y mezclado de los tres mejores modos de repúblicas. Le complace que haya algo soberano y real en la república; que, al mismo tiempo, haya algo atribuido a la autoridad de los principales y que, así mismo, haya ciertas cosas reservadas a juicio y a la voluntad de la multitud. Resalta que, una constitución así, tiene, primero, una gran "igualdad" de la que difícilmente pueden carecer por mucho tiempo los libres; después, "firmeza"; porque aquellos principales se convierten fácilmente en los vicios contrarios; luego que, salga del rey, el dueño; de los optímates, la facción; del pueblo, la turba y confusión. Y porque esos mismos géneros se conmutan frecuentemente en géneros nuevos. "Esto, en esa enlazada y moderadamente mezclada conformación de república, no sobreviene de ordinario, sino por grandes vicios de los principales; porque no hay causa de conversión donde cada uno está sólidamente colocado en su grado, y no hay debajo adonde se precipite y caiga".

Recordemos que estas manifestaciones las realiza Cicerón cien años después de que Polibio escribiera su obra, lo que le permite observar en ellas la evolución histórica de la doctrina de éste sobre el gobierno mixto y que, se aprecia en ciertas diferencias en las teorías del primero respecto al segundo (10).

Dice Sirenelli que Cicerón parece decantarse por la realeza como régimen "puro" ya que, aun dentro del régimen "mixto" que destaca en sus preferencias, apunta la existencia de un cargo para un hombre virtuoso y sabio que sería como el tutor e intendente de la República. Así mismo, donde Polibio veía un orden genético fijo, Cicerón ve múltiples posibilidades de degeneración; como, por ejemplo, que la democracia puede degenerar también en tiranía. Y la diferencia que para nosotros resulta más ilustrativa, es que mientras que Polibio, prisionero de su doctrina de la evolución, no afirmaba la perennidad de la Constitución de Roma, limitándose a destacar el contrapeso entre las distintas fuerzas, Cicerón, ve en esta mezcla una garantía, a la vez, de igualdad, digna de un pueblo libre, y de "estabilidad".

Por otro lado, comenta Sirenelli, que Polibio, a la vez que lanza una tesis de predestinación del pueblo romano e impone la idea de una solidaridad necesaria de los pueblos conquistados con su conquistador, "se convierte en el primer teórico de la Constitución romana, en el libro VI de sus Historias, donde, al tiempo que define el mejor Gobierno, analiza el Estado romano".

 

  2.4 – El gobierno mixto en las teorías de Polibio

   Tras la ponderación de las precedentes reflexiones, que avivan nuestra predisposición y nos sirven de introducción para mejor situarnos, será ya el momento de sumergirnos de lleno en la teoría de Polibio sobre el gobierno mixto, tan prolijamente citada. Lo haremos directamente desde su "Historia Universal"; obra que - según refleja en su exordio el propio autor - le mueve a escribirla, "el saber cómo y por qué género de gobierno los romanos llegaron en cincuenta y tres años no cumplidos a sojuzgar casi toda la tierra". Y será, precisamente, a su libro VI, al que acudimos directamente para ver de perfeccionar las hipótesis que pretendemos sostener.

Al capítulo II de este libro VI, lo intitula así Polibio: "Diversas clases de gobierno.- Origen y cambio natural de una en otra.- El mejor sistema de gobierno es el que participa de todos. Así es la República Romana". Y lo inicia comentando las dificultades de analizar el estado presente de la República Romana, por la variedad de gobierno, y de adivinar su futuro, por la ignorancia de las costumbres. Por todo ello, califica de nada común, el estudio y atención necesarios para investigar con precisión las ventajas que encierra esta República.

   Sigue comentando que la mayoría de los que escriben con método de política, determinan tres tipos de gobierno: "Real, Aristocrático y Democrático". A todos ellos, se les podría preguntar si las proponen como solas o como las mejores, aunque, a su entender, pecan en uno y otro extremo. "No son las mejores; pues que es evidente, y lo comprueba no sólo la razón, sino la experiencia, que la mejor forma de gobierno es la que se compone de las tres sobredichas". Apunta que tampoco son las únicas ya que hay ciertos gobiernos tiránicos y monárquicos que se distinguen del real; que existen también muchos Estados gobernados por un corto número de personas, que aunque parezcan tener alguna conformidad con la aristocracia, es mucha su diferencia y que lo mismo se podría decir sobre la democracia. Porque, argumenta, no toda monarquía es reino, sino sólo aquella que está gobernada más por razón que por miedo y violencia. No toda oligarquía puede llamarse aristocracia; sólo será aquella donde se eligen para mandar a los más justos y prudentes. Y no será democracia aquella en la que el populacho es árbitro de hacer cuanto quiera y se le antoje; sólo lo será aquella donde el sentimiento que prevalece es el del mayor número, respetándose las patrias costumbres y obedeciendo a las leyes.

De esta forma, determina Polibio la existencia de seis tipos de gobierno: tres que todo el mundo conoce y tres que tienen relación con las antecedentes. El gobierno de uno sólo o monárquico que se estableció sin arte, sólo por impulso de la naturaleza; de él se deriva y trae su origen el real, si se añade el arte y la corrección. El real, si degenera en los vicios que le son connaturales, deriva en la tiranía y, de sus ruinas, nace la aristocracia. Si el pueblo se irrita y decide vengar las injusticias de los próceres, engendra la democracia; si llega a ser insolente y a menospreciar las leyes, dará origen a la olocracia o gobierno del populacho. Sostiene que, lo que está diciendo, "lo conocerá cualquiera fácilmente si reflexiona sobre los principios naturales, origen y alteraciones de cada especie de gobierno". Termina afirmando que "sólo el que conozca la constitución natural de cada Estado es el que podrá conocer a fondo sus progresos, su auge, su mutación, su ruina, cuándo y cómo sucederá y en qué forma se cambiará", presumiendo que si a alguna república es adaptable este género de examen, es en especial a la romana, porque su primer establecimiento y sus progresos son conformes a la misma naturaleza.

   Los siguientes dos capítulos, los intitula, el tercero, "Origen de las sociedades, y especialmente de las monarquías y de los reinos" y el cuarto, "Orígenes de la aristocracia, la oligarquía, la democracia y la olocracia.- Sucesión de unas en otras hasta tornar a la monarquía". En ellos desarrolla Polibio, con bastante detalle, aunque de manera generalizada, aplicable a cualquier Estado, su teoría de los ciclos. No entraremos en sus detalles, su enunciado nos parece suficientemente explícito. Ahora bien, habremos de significar, eso sí, las consideraciones con las que los ultima. "Con esta investigación fácilmente se conocerá el establecimiento, progresos, elevación y trastorno que vendrá a tener la República Romana. Pues aunque, como acabo de decir, esta República está fundada desde el principio y acrecentada según las leyes de la naturaleza tan bien como otra, con todo sufrirá igualmente su trastorno natural".

Hace, seguidamente, una alabanza del gobierno de Licurgo y cuenta que, éste, formó su república, no simple ni uniforme, sino compuesta de lo bueno de cada gobierno, para que ninguna potestad saliese de su esfera y degenerase en el vicio connatural, afirmando que con éste tipo de gobierno "conservaron los lacedemonios su libertad por más tiempo que otro pueblo de que tengamos noticia". Entra, a continuación, en las diversas potestades que forman la República Romana y los derechos propios de cada una para explicar, más adelante, el contrapeso y conexión que poseen entre sí las tres potestades que la forman y concluir describiendo sus consecuencias. "Porque al punto que una de las partes pretende ensoberbecerse y arrogarse más poder que el que la compete, como ninguna es bastante por sí misma, y todas según hemos dicho, pueden contrastar y oponerse mutuamente a sus propósitos, tiene que humillar su altivez y soberbia. Y así todas se mantienen en su estado, unas por hallar oposición a sus deseos, otras por temor de ser oprimidas de las compañeras".

Relata Polibio en los últimos capítulos cuestiones referentes a las milicias romanas, entrando en detalles tan minuciosos como los reglamentos militares, el reclutamiento de tropas, las armas utilizadas, las formas de acampar y abandonar el campo de batalla, así como los castigos de los delitos y los premios al valor. Por último, hace una comparación entre los gobiernos famosos de la antigüedad recreándose en el de Licurgo y enfrentándolo al de Esparta, de donde sale ganador y deteniéndose, especialmente, en los paralelismos de la República cartaginesa y la romana. "En mi concepto, la República de Cartago en sus principios fue muy bien establecida, por lo que se refiere a los puntos principales. Porque había reyes o sufetes, existía un senado con autoridad aristocrática, y el pueblo era dueño acerca de ciertas cosas de su inspección. En una palabra, el enlace de todas estas potestades se asemejaba al de Roma y Lacedemonia".

Culmina Polibio este renombrado Libro, VI dando explicaciones de porque interrumpe el hilo de su narración para referirse al sistema político y la constitución de la República Romana, y nos vuelve a recordar la obligación que dice haberse impuesto desde el principio y que forma parte integrante de su plan general, habiéndola dado a conocer en el comienzo y en la exposición de su historia donde dijo: "La mejor y más preciosa enseñanza de las que puede ofrecer esta empresa mía a los lectores de mi obra será la de saber por qué medios y con cuál forma de gobierno lograron los romanos, después de someter en menos de cincuenta años a casi todo el mundo conocido, sujetarlo a su dominio".

 

 2.5 – El gobierno mixto como equilibrio de poderes

   Conocida ya la teoría de Polibio sobre el gobierno mixto, bueno será que retomemos de nuevo la cuestión que se planteaba Bodino sobre las posibles implicaciones de la misma con las características de la soberanía. Y lo hacemos para responder con los mismos argumentos y razones que el propio Bodino arguye para rebatir la proposición que él mismo se formulaba: "Si se admite que de la combinación de las tres (repúblicas) se puede hacer una, es evidente que ésta será por completo diferente (...) Más la mezcla de las tres en una, no produce una especie diferente. El poder real, aristocrático y popular combinados, sólo dan lugar al estado popular (...) En realidad, es imposible, incompatible e inimaginable combinar monarquía, estado popular y aristocracia. Si la soberanía es indivisible, como hemos demostrado, ¿cómo se podría dividir entre un príncipe, los señores y el pueblo a un mismo tiempo?".

Es pues evidente, a la vista de los argumentos de Bodino, la falta de sintonía entre su concepción de la soberanía y la concepción del poder imperante en las instituciones romanas. El poder de Roma no se sintió nunca amenazado por otras fuerzas que no fueran las emanadas de su propio poder. Por esa razón, no tuvo necesidad de establecer para su pervivencia otros mecanismos de defensa del poder, que los generados por él mismo, a manera de contrapesos, para su propia autodefensa (11). Eso es, a nuestro juicio, lo que nos viene a demostrar Polibio con su teoría del gobierno mixto.

Aunque, qué duda cabe, que en el detalle de las potestades - resaltados por Polibio - de cada uno de los tres cuerpos que componen la República de Roma, existan marcadas concurrencias con los atributos que Bodino confiere a la soberanía. Pero habrá que concluir, al mismo tiempo, en la falta de conocimiento práctico – y, por tanto, en la carencia - en esos "estamentos", del sentido de unidad e independencia con el que Bodino identifica y caracteriza su concepto de soberanía:"Se puede concluir que sólo es absolutamente soberano quien no depende en nada de otro".

 

N O T A S

 

 1) Comentarios, éstos y los que siguen, que tomamos de la obra de G. Jellinek, "Teoría General del Estado". Editorial Albatros. Buenos Aires 1954.

2) "El que la antigüedad no haya llegado a un conocimiento del concepto de soberanía, tiene un fundamento histórico de importancia, a saber: que faltaba al mundo antiguo lo que únicamente podía traer a la conciencia el concepto de soberanía: la oposición del poder del Estado a otros poderes". Id. Obra citada

3) "En Roma, hasta época muy avanzada, fue muy viva la idea de que el pueblo es la fuente de todos los poderes públicos; pero la cuestión relativa a saber quien tiene en el Estado el más alto poder, es muy distinta de la cuestión relativa a la soberanía del Estado". Id. Obra citada

4) "Polibio tampoco determina los derechos y atributos de la soberanía pero, al hablar de los romanos, dice que su estado era una mezcla de poder real, de señoría aristocrática y de libertad popular, si se considera que el pueblo hacía las leyes y los oficiales, el senado administraba las provincias y el tesoro, recibía los embajadores y conocía de los asuntos más importantes y, finalmente, los cónsules detentaban la prerrogativa de honor, en forma y cualidad reales, sobre todo durante la guerra, cuando eran todopoderosos. Con ello parece haberse referido a las principales características de la soberanía, puesto que agrega que quien  las posee detenta la soberanía". Jean Bodin. Los Seis Libros de la República.

5) Del prólogo a "La Soberanía" de Herman Héller. Editorial F.C.E. - 1995

"La teoría de las formas de gobierno en la historia del pensamiento político" – Norberto Bobbio – F.C.E. 2.000.

7) "HISTORIA UNIVERSAL bajo la República romana" – Polibio – Editorial Iberia – Barcelona 1968.

8) "Polibio, deslumbrado por la gloria de la Roma republicana, se encuentra a la cabeza de esa impresionante línea ancestral constituida por los representantes y difusores de la teoría de la forma mixta de gobierno". Karl Loewenstein. "Teoría de la Constitución". Ariel 1965

9) Manejaremos para estas citas de "La República" de Cicerón, una edición (sin fecha) de la editorial Prometeo de Valencia, bajo dirección literaria de V. Blasco Ibáñez, traducida directamente del latín por el catedrático de la Universidad de Valladolid José Velasco García.

10) Recogemos los comentarios de Jean Sirinelli, autor de los capítulos I y II sobre Grecia y Roma de la obra"Historia de las ideas políticas" – Jean Touchard – Editorial Tecnos – Madrid 1998.

11) La república romana se basaba en "un equilibrio entre tres núcleos de poder". Era una combinación de las tres formas políticas existentes (democracia, monarquía y aristocracia): Maiestas del Pueblo, considerado el poder supremo; Imperium o potestas de los magistrados, considerado el poder efectivo y Auctoritas del Senado. Poder basado en el prestigio social. El primero era el elemento democrático, el segundo era el elemento monárquico y el tercero era el elemento aristocrático. Antonio Díaz Bautista (Catedrático de Derecho Romano en la Universidad de Murcia). "Manual de Derecho Romano". Diego Marín Editor 1988.